Acto legislativo 1 de 2005
22 de Julio de 2005
"Por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución". Precisa y modifica alcances de la legislación pensional en Colombia. Acaba con los regímenes especiales o exceptuados de pensiones, salvo el de las fuerzas armadas y del Presidente de la República. Dice garantizar los derechos adquiridos, la sostenibilidad financiera del sistema pensional y asumir el pago de los pasivos pensionales posteriores a la vigencia de este acto legislativo".